Redacción Deporpress | Este miércoles se hacía pública la resolución de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, en la que se dictamina que Andrés Hernández Pedreira, el que fuera presidente del Club Fútbol Sala Uruguay Tenerife, es autor criminalmente responsable de dos delitos. El primero por malversación de caudales públicos en concurso medial con un delito continuado de Falsedad en documento mercantil de los artículos 432, apartado 1; 390, apartado 1, nº 2º y 3º; y artículo 77, apartados 1 y 2 del Código Penal. El segundo es un delito continuado de falsedad en documento mercantil, previsto y penado en los artículos 74.1 y 390.1.4º del Código Penal.De esta manera, por el primer delito se le impone la pena de 3 años de prisión, inhabilitiación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación absoluta por tiempo de 8 años. Por el segundo delito, 2 años 3 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho a sufragio pasivo durante el tiempo de condena, 7 meses y 15 días de multa, con una cuota diaria de 5 euros; y la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el articulo 53 del Código Penal e inhabilitación especial por tiempo de 2 años.
Ambas partes manifestaron su voluntad de no recurrir por lo que se declara la firmeza de la sentencia.