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La ‘nueva normalidad’ en el mundo del deporte

Redacción Deporpress | Una vez superada la fase III para la transición hacia una nueva normalidad y finalizada la vigencia de las medidas propias del Estado de Alarma, el Boletín Oficial de Canarias ha hecho público las nuevas medidas que habrá que cumplir a partir del próximo lunes 22 de junio en el ámbito deportivo.

  • La práctica de actividad física al aire libre, puede llevarse a cabo individual o colectivamente, hasta un máximo de treinta personas simultáneamente, siempre que se mantenga la distancia de seguridad.
  • En las instalaciones cerradas y centros deportivos, las actividades deportivas pueden realizarse en grupos de hasta veinticinco personas, asegurando que se mantiene la distancia de seguridad siempre que sea posible, priorizando la distancia frente a otras medidas y siempre que no excedan las dos terceras partes de la capacidad máxima permitida.
  • En las instalaciones deportivas cerradas y centros deportivos, la actividad estará sujeta a los siguientes criterios generales de uso: las entidades titulares de la instalación serán los responsables de establecer las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los aforos.
  • En cada uno de los accesos a la instalación se indicará: el uso de elementos de protección individual; las instrucciones de uso de los servicios en vestuarios, zonas comunes, zonas de restauración y zonas de agua; disponibilidad de solución hidroalcohólica
  • La persona o entidad titular de la instalación tendrá que establecer un sistema de acceso que evite la acumulación de personas, y un sistema que permita la práctica de la actividad física en condiciones de seguridad y protección sanitaria.
  • Se podrán utilizar los vestuarios y las duchas, respetando las medidas generales de prevención e higiene.

Asimismo, también se regula la práctica de la actividad deportiva federada de competición de ámbito insular y autonómica. A continuación, se especifican las medidas que deberán tenerse en cuenta:

  • Podrá llevarse a cabo individual o colectivamente, tratando de mantener la distancia de seguridad siempre que sea posible, y hasta un máximo de 25 personas simultáneamente.
  • Aquellas modalidades o especialidades deportivas en las que se requiera contacto físico interpersonal continuado con el adversario no estarán permitidas.
  • Los entrenamientos, competiciones o eventos celebrados en instalaciones deportivas, podrán realizarse con público siempre que las personas permanezcan sentadas y mantengan la distancia interpersonal mínima recomendada, no excedan del setenta y cinco por ciento de la capacidad permitida del aforo, con un límite máximo de trescientas personas para espacios cerrados y mil personas para actividades al aire libre.
  • Para estos fines, las federaciones deportivas canarias deberán elaborar un protocolo, que garantice el seguimiento de todas las medidas de higiene y distancia requeridas para la prevención de la Covid-19. Será obligatorio para todas las federaciones y debe publicarse en el sitio web de la federación deportiva correspondiente.
  • Se permitirá la presencia de medios de comunicación siempre que se puedan garantizar las medidas de seguridad e higiene.

En cuanto a la celebración de eventos deportivos, habrá que cumplir las siguientes pautas:

  • Los organizadores de eventos deportivos deberán tener un protocolo específico en el campo de COVID-19. Dicho protocolo incluirá las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal con y entre los espectadores o, en su defecto, el uso de medidas alternativas de protección física con el uso de mascarilla por parte de ellos.
  • Los eventos celebrados en instalaciones deportivas, podrán realizarse con público siempre que las personas permanezcan sentadas y mantengan la distancia interpersonal mínima recomendada, no excedan del setenta y cinco por ciento de la capacidad permitida del aforo, con un límite máximo de trescientas personas para espacios cerrados y mil personas para actividades al aire libre.
  • Se permitirá la presencia de medios de comunicación siempre que se puedan garantizar las medidas de seguridad e higiene.