Redacción Deporpress | La Federación Insular Tinerfeña de Fútbol (FITF) ha emitido un comunicado oficial donde arroja luz en cuanto al estado actual de las competiciones que dependen directa o indirectamente de su organización. Así, la FTF apela a la normalidad para el desarrollo del fútbol regional, como establece en los siguientes apartados, aclarando además que “no se aplazará ni suspenderá ninguno de los campeonatos oficiales organizados y gestionados, directa o indirectamente, por la FITF”, salvo que “por derogación o modificación expresa del Decreto Ley 11/2021 se establezca legalmente algo distinto”.
Aplazamiento de partidos
- a) Por causas deportivas, es decir, por la concurrencia de los supuestos de índole deportiva que se encuentren recogidos en los reglamentos federativos.
- b) Por causas aplicables al protocolo sanitario de COVID aprobado por la Junta de Gobierno de la Federación Canaria de Fútbol y de la Federación Interinsular de Fútbol de Tenerife, publicado en la página web de esta última. Se recuerda a todos nuestros clubes afiliados que la comunicación de contagios por COVID19 o posibles contactos directos por personas contagiadas se debe realizar de acuerdo a lo manifestado en la nota informativa nº 17 de la presente temporada 2021/2022. Será el médico de la federación quien indicará a esta última el aplazamiento o no del encuentro y las medidas que se deben tomar al respecto.
NIVEL 1
Se permite la práctica deportiva federada, de ámbito regional o insular, al aire libre o espacios cerrados y la práctica deportiva no federada al aire libre, procurando el mantenimiento de la distancia interpersonal de 2 metros siempre que sea posible, con uso obligatorio de la mascarilla. El número de participantes estará limitado por la reglamentación específica de cada deporte. Los aforos de público serán del 100% en espacios abiertos y del 75% en espacios cerrados.
NIVEL 2
Se permite la práctica deportiva federada, de ámbito regional o insular, al aire libre o espacios cerrados y la práctica deportiva no federada al aire libre, procurando el mantenimiento de la distancia interpersonal de 2 metros siempre que sea posible, con uso obligatorio de la mascarilla. El número de participantes estará limitado por la reglamentación específica de cada deporte. Los aforos de público serán del 75% en espacios abiertos y del 50% en espacios cerrados.
NIVEL 3
Se permite la práctica deportiva federada, de ámbito regional o insular, al aire libre o espacios cerrados y la práctica deportiva no federada al aire libre, procurando el mantenimiento de la distancia interpersonal de 2 metros siempre que sea posible, con uso obligatorio de la mascarilla. El número de participantes estará limitado por la reglamentación específica de cada deporte. En entrenamientos, el aforodeportivo estará limitado al 50%. Los aforos de público serán del 50% en espacios abiertos y del 33% en espacios cerrados.
NIVEL 4
Se permite la práctica deportiva federada, de ámbito regional o insular, al aire libre o espacios cerrados y la práctica deportiva no federada al aire libre, procurando el mantenimiento de la distancia interpersonal de 2 metros siempre que sea posible, con uso obligatorio de la mascarilla. El número de participantes estará limitado por la reglamentación específica de cada deporte. En entrenamientos, el aforo deportivo estará limitado al 33%. Los aforos de público serán del 25% en espacios abiertos y sin público en espacios cerrados.
Cierre de instalaciones por parte de una administración local
En el hipotético caso de que algún ayuntamiento decida motu proprio cerrar la instalación deportiva donde disputa sus partidos oficiales un club afiliado, hemos de recordar que ello no será óbice para que el encuentro pueda ser programado igualmente en otra instalación deportiva dentro del mismo municipio o en cualquier otro campo diferente, toda vez que, como ya hemos explicado ut supra, el Decreto ley 11/2021, de 2 de septiembre, reconoce de forma expresa el derecho a poder jugar partidos oficiales en todos los niveles de alerta sanitaria, con lo que ninguna justificación legal habría para el cierre de unas instalaciones públicas como consecuencia de la pandemia de COVID.
En este punto, se recuerda a todos nuestros afiliados que es la Federación Interinsular de Fútbol de Tenerife quien tiene reconocidas legalmente las competencias para organizar, aplazar, suspender y modificar encuentros oficiales disputados entre dos equipos federados a la misma; siendo así que el dueño de la instalación deportiva carece de competencias legales para tutelar las competiciones oficiales.