A propósito De Gea, pienso que el entrenador del equipo del Reino ha tenido a bien convocar al cancerbero para el primer partido de la selección española, donde España venció. Y ha hecho caso omiso a todo el “circo” que han formado como consecuencia de esa investigación justo antes de la Eurocopa. Hace unos día, Deporpress me comentaba la posibilidad de escribir sobre el particular en el que esta inmerso este portero. La pregunta es que si debía o no abandonar la convocatoria como consecuencia de su investigación en un asunto penal. Respondí con un rotundo NO. Y lo justifico con un argumento fácil y de sentido común. A ver.
Huyo de todo lo fácil. Y fácil es “condenar” antes de trabajar en la investigación y probar lo que es o no en apariencia verdad. Aparentemente condenan a De Gea, sin pruebas y con prisas. Miren uds. O mejor lean uds – si quieren- en el Reino actual existe un principio por el cual todo investigado – antes imputado- debe ser considerado como presunto autor de la conducta ilícita que se le atribuye mientras que su autoría y culpabilidad no queden probadas a través de los procedimientos reglados.
Para el que suscribe es uno de los principios mas “sagrados” de los que soportan la actual Constitución y desde mi punto de vista se enfrenta al sistema represivo de los estados absolutos. Sistemas represivos que, por otro lado, están poniendo en la calle los propios habitantes del Reino – nosotros, si…. ud y el otro- Sentenciando, condenando y juzgando antes de probar. Una vergüenza e incultura propia de la involución a la que estamos sometidos por la fuerza de los medios y otras cosas que hoy no menciono.
Es esta presunción de inocencia que al menos hoy aparece en el Art. 24 de la Constitución Española un derecho fundamental tomado del derecho penal y no basta la mera sospecha para enervar la presunción. Como esta ocurriendo ahora, sospechamos ergo condenamos. No estimados, no es así. Conozcan para tener poder, y esta vez el poder de condenar.
Juan Inurria, abogado.